¿Trabajarás en los feriados de Semana Santa? Entonces debes cuánto deben pagarte
Durante la celebración de Semana Santa, es habitual que muchas personas organicen viajes o pasen tiempo con sus familiares y amigos. No obstante, algunos tendrán que continuar con actividades laborales durante los feriados del jueves 28 y viernes 29 de marzo.
Según lo dispuesto en el decreto legislativo número 713, los trabajadores, ya sean del sector privado o público, que presten servicios en días feriados cuentan con ciertos derechos, incluyendo el de obtener una remuneración extra por su trabajo en estas fechas.
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¿Cuánto deben pagarme su trabajo Jueves o Viernes Santo?
Según lo establecido en el decreto legislativo N.° 713, los empleados tienen el derecho de recibir su salario ordinario por cada día festivo no laborable, equivalente a lo que ganarían en un día normal de trabajo.
Sin embargo, se señala que aquellos empleados del ámbito privado que trabajen durante el Jueves Santo y Viernes Santo, mediante un convenio previo con su empleador y sin que se les otorgue un descanso compensatorio, tendrán derecho a recibir una remuneración triple por cada uno de estos días trabajados: una por ser día festivo y la otra por la labor realizada, con un recargo del 100%.
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“Por ejemplo, si la remuneración del trabajador es de 1,500 soles (50 soles diarios), de laborar los feriados 28 y 29 de marzo, y no tener descanso sustitutorio en otros días, tendrá derecho a percibir 3 remuneraciones por cada día: 50 soles por el día feriado (que está incorporado dentro de la remuneración semanal, quincenal o mensual) y 100 soles por trabajar en día feriado (sobretasa de 100 %)”, explicó el gerente del Centro Legal de la CCL, Álvaro Gálvez.
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